El empleo a tiempo parcial y cómo se reconocen los derechos que generan sus cotizaciones siguen dando quebraderos de cabeza en España. Ahora, la justicia europea rechaza la forma en que se calcula la duración de las prestaciones por desempleo de quienes trabajan a tiempo parcial con las horas acumuladas en pocos días a la semana. Y lo rechaza por discriminación de género, ya que “está acreditado que la mayoría (...) son mujeres que resultan perjudicadas”. En 2012, un razonamiento similar cambió cómo se accede a la pensión contributiva.

El fallo cuestiona la norma española por discriminar a las mujeres. Los jueces europeos no llegan a esta conclusión porque a los hombres se les calcule las prestaciones de otra forma. Lo hace porque son mujeres entre el 70% y el 80% quienes trabajan en jornadas a tiempo parcial vertical, que concentran en pocos días de la semana las horas para las que han sido contratadas. “El litigio principal perjudica a un número mucho mayor de mujeres que de hombres”, apunta la sentencia.
Fuente: Diario El País (9 nov) Artículo Completo
Manuel V. Gómez
No hay comentarios:
Publicar un comentario