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jueves, 18 de junio de 2020

INGRESO MÍNIMO VITAL


Ya está abierto el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.


Para solicitarlo se han habilitado dos opciones:
  • Si dispone de certificado electrónico o usuario y contraseña en cl@ve lo puede solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social adjuntando también la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario. Esta opción es la más recomendable por lo que se ha habilitado la posibilidad de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante. Podrá acceder desde este enlace, seleccionando el método de autenticación.
  • Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la Sede Electrónica para su solicitud sin certificado al que puede acceder desde este enlace, donde se abrirá un formulario para rellenar con los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios que formen parte de la unidad de convivencia, sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud.
La documentación básica que necesitará para acreditar cada una de las situaciones es:
  • Para acreditar la identidad: DNI o NIE en el caso de personas extranjeras.
  • Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de personas extranjeras, tarjeta de residencia familiar de ciudadano de la Unión Europea o tarjeta de identidad de extranjeros.
  • Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad.
  • Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos/as, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

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